I. Consideraciones previas II. Nacionalidad y plurinacionalidad III. La doble nacionalidad convencional 3.1. Derecho de nacionalidad 3.2. Derecho de extranjería IV. La doble nacionalidad legal 4.1. Doble nacionalidad con países especialmente vinculados a España 4.2. Doble nacionalidad desde la minoría de edad 48 4.3. Doble nacionalidad de españoles residentes en el extrajero V. La doble nacionalidad fáctica VI. Doble nacionalidad y adopción internacional 6.1. Introducción 6.2. Convenio de Colaboración en Materia de Adopción de Niños y Niñas entre el Reino de España y la Federación de Rusia hecho en Madrid el 9 de julio de 2014 6.3. El nuevo supuesto de doble nacionalidad legal en casos de adopción internacional VII. Efectos de la doble nacionalidad VIII. Consideraciones finales Bibliografía Jurisprudencia y Doctrina Registral 1.- Tribunales Internacionales Tribunal Internacional De Justicia Tribunal Europeo De Derechos Humanos Tribunal De Justicia De La Unión Europea 2.- Tribunales Españoles Tribunal Constitucional Tribunal Supremo Audiencia Nacional Audiencias Provinciales 3.- Doctrina de la DGRN
Si en el pasado la doble nacionalidad se consideró una patología que debía evitarse, la mayoría de los sistemas jurídicos europeos actuales la reconocen legalmente al concebirla como una forma de regular dobles pertenencias estatales o familiares. En el presente estudio se partirá de esta evolución doctrinal y de Derecho comparado para analizar los tres tipos de plurinacionalidad en Derecho español: la convencional, la legal y la fáctica. Se estudiará, en particular el nuevo supuesto de binacionalidad en casos de adopción internacional, derivado de las reformas legales de 2015. Finalmente se abordarán los efectos de estas situaciones tanto en Derecho público como privado y también en Derecho europeo, singularmente en materia de apellidos. . La autora, Salomé Adroher Biosca, es profesora propia ordinaria de Derecho internacional privado en la Universidad Pontificia Comillas, Universidad en la que ha desempeñado diversos cargos y en la que ha desarrollado desde 1984 su investigación en temas de Derecho internacional privado, Derecho de la nacionalidad, la migración y la ciudadanía europea, Derecho internacional privado de la familia y de la protección de menores. Es Académica correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y legislación, entre otras membresías académicas. En el ámbito del Servicio público, fue vocal de reconocida competencia del Consejo de Administración del Instituto Madrileño del menor y la familia de la Comunidad de Madrid (1999- 2012), vocal del Consejo General del Observatorio de la Familia del Ayuntamiento de Madrid (2007-2012) y Directora General de Servicios para la Familia y la Infancia en el Gobierno de España de 2012 a 2016.